Beneficios y Políticas Fiscales

La Ley 60 Ofrece Oportunidades

El Código de Incentivos de Puerto Rico (Ley 60) ayuda a construir una comunidad vibrante al promover el crecimiento económico a través de la inversión, la innovación y la generación de empleo. Ofrece los siguientes beneficios fiscales principales:

4%
es la tasa fija del impuesto sobre la renta sobre los ingresos elegibles
100%
de exención tributaria sobre las ganancias de capital
75%
de exención en el impuesto sobre la propiedad
50%
de exención en el impuesto sobre patentes municipales
15
años es el período estándar de concesión de una exención tributaria

(con posibilidad de renegociar otros 15 años más)

† Derivadas de Valores y Activos Digitales (Inversiones Elegibles) y ganancias de capital y otros ingresos por inversiones originados en Puerto Rico no sujetos a impuestos federales sobre los ingresos.

Los Incentivos Locales se Basan en la Estabilidad Comercial

  • Puerto Rico ofrece la misma seguridad operativa, estabilidad y protecciones que los Estados Unidos.
  • En Puerto Rico se aplican las leyes federales de los Estados Unidos, incluidas aquellas que protegen la propiedad intelectual y las patentes.
  • El dólar estadounidense es la moneda oficial y el capital se puede transferir libremente tanto en la isla como fuera de ella.
  • Puerto Rico está bajo la supervisión regulatoria del Banco de la Reserva Federal de Nueva York, que es el más grande entre los 12 bancos de reserva regionales, en términos de activos y volumen de actividad. Además, Puerto Rico está protegido por la Corporación Federal de Seguros de Depósitos (FDIC, por sus siglas en inglés).
  • Los productos manufacturados se pueden etiquetar como "Hecho en EE. UU.", un valioso signo de credibilidad que inspira confianza entre los clientes de todo el mundo.
  • Puerto Rico ofrece beneficios locales respaldados por la infraestructura comercial nacional de los Estados Unidos.

Ley 60: Beneficios y Actividades Elegibles

  • Los beneficios de la Ley 60 abarcan una variedad de sectores. Entre las actividades elegibles bajo la Ley 60 [versión en inglés | Versión en español], se encuentran exportación de bienes y servicios, personas físicas, finanzas, seguros, economía del turismo, manufactura, agricultura, infraestructura, energía, industrias creativas y emprendimientos.
  • Los decretos de exención de impuestos tienen un plazo de 15 años y ofrecen la posibilidad de ser renegociados por quince años adicionales.
  • Los inversionistas pueden solicitar incentivos en el portal de incentivos y solicitar permisos mediante el Single Business Portal, dos portales digitales que facilitan la realización de actividades comerciales en Puerto Rico.
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